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Subsidios para el Adulto Mayor en Colombia

Programa Colombia Mayor

En qué consiste?

El Programa de Protección Social al Adulto Mayor “Colombia Mayor”, es un programa de asistencia social que busca aumentar la protección a los adultos mayores, por medio de la entrega de un subsidio económico, consistente en la entrega de  $80.000 para el año 2020 que se entrega a quienes cumplen los requisitos establecidos. El subsidio que se otorga es intransferible y la orientación de sus recursos se desarrolla bajo los principios de integridad, solidaridad y participación.

 

La entrega del subsidio se realiza por medio de dos mecanismos:

  • Subsidio Directo: Son recursos que se pagan directamente a los beneficiarios a través de la red de pago contratada por el administrador fiduciario, que incluye entidades bancarias y no bancarias.

  • Subsidio Indirecto: Son recursos que se otorgan al beneficiario y que los centros de Protección Social al Adulto Mayor CPSAM (CBA) y Centros Vida CV (CD) se los entregan en servicios sociales básicos como alojamiento, alimentación, elementos de aseo y salubridad.

 

A quienes se otorga?

El subsidio está dirigido a los adultos mayores que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, viven en la indigencia o en la extrema pobreza.

 

Requisitos

 

  • Ser colombiano.

  • Tener como mínimo, tres años menos de la edad que rija para adquirir el derecho a la pensión de vejez de los afiliados al Sistema General de Pensiones.

  • Cumplir los puntajes SISBEN definidos para ser beneficiario del programa y carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. Se trata de personas que se encuentran en una de estas condiciones: viven solas y su ingreso mensual no supera medio salario mínimo mensual vigente; o viven en la calle y de la caridad pública; o viven con la familia y el ingreso familiar es inferior o igual al salario mínimo mensual vigente; o residen en un centro de Bienestar del Adulto Mayor; o asisten como usuarios a un Centro Diurno.

  • Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.

 

Cuándo se pierde el subsidio?

El beneficiario que ha ingresado al programa en cualquiera de sus modalidades, perderá el subsidio cuando deje de cumplir los requisitos establecidos en la normatividad vigente y en los siguientes eventos:

  1. Muerte del beneficiario.

  2. Comprobación de falsedad en la información suministrada o intento de conservar fraudulentamente el subsidio.

  3. Percibir una pensión

  4. Percibir una renta entendida como la utilidad o beneficio que se obtiene de alguna actividad o bien en cuantía superior a la establecida en el numeral 3 del artículo 30 del Decreto 3771 de 2007 modificado por el Decreto 4943 de 2009

  5. Percibir otro subsidio a la Vejez en dinero que sumado con el del Programa de Protección Social al Adulto Mayor sea superior a ½ SMMLV otorgado por alguna entidad pública.

  6. Mendicidad comprobada como actividad productiva.

  7. Comprobación de realización de actividades ilícitas, mientras subsista la condena.

  8. Traslado a otro municipio o distrito.

  9. No cobro consecutivo de subsidios programados en dos giros.

  10. Retiro voluntario.

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