Subsidios para el Adulto Mayor en Colombia
Programa Colombia Mayor
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En qué consiste?
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El Programa de Protección Social al Adulto Mayor “Colombia Mayor”, es un programa de asistencia social que busca aumentar la protección a los adultos mayores, por medio de la entrega de un subsidio económico, consistente en la entrega de $80.000 para el año 2020 que se entrega a quienes cumplen los requisitos establecidos. El subsidio que se otorga es intransferible y la orientación de sus recursos se desarrolla bajo los principios de integridad, solidaridad y participación.
La entrega del subsidio se realiza por medio de dos mecanismos:
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Subsidio Directo: Son recursos que se pagan directamente a los beneficiarios a través de la red de pago contratada por el administrador fiduciario, que incluye entidades bancarias y no bancarias.
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Subsidio Indirecto: Son recursos que se otorgan al beneficiario y que los centros de Protección Social al Adulto Mayor CPSAM (CBA) y Centros Vida CV (CD) se los entregan en servicios sociales básicos como alojamiento, alimentación, elementos de aseo y salubridad.
A quienes se otorga?
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El subsidio está dirigido a los adultos mayores que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, viven en la indigencia o en la extrema pobreza.
Requisitos
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Ser colombiano.
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Tener como mínimo, tres años menos de la edad que rija para adquirir el derecho a la pensión de vejez de los afiliados al Sistema General de Pensiones.
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Cumplir los puntajes SISBEN definidos para ser beneficiario del programa y carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. Se trata de personas que se encuentran en una de estas condiciones: viven solas y su ingreso mensual no supera medio salario mínimo mensual vigente; o viven en la calle y de la caridad pública; o viven con la familia y el ingreso familiar es inferior o igual al salario mínimo mensual vigente; o residen en un centro de Bienestar del Adulto Mayor; o asisten como usuarios a un Centro Diurno.
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Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
Cuándo se pierde el subsidio?
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El beneficiario que ha ingresado al programa en cualquiera de sus modalidades, perderá el subsidio cuando deje de cumplir los requisitos establecidos en la normatividad vigente y en los siguientes eventos:
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Muerte del beneficiario.
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Comprobación de falsedad en la información suministrada o intento de conservar fraudulentamente el subsidio.
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Percibir una pensión
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Percibir una renta entendida como la utilidad o beneficio que se obtiene de alguna actividad o bien en cuantía superior a la establecida en el numeral 3 del artículo 30 del Decreto 3771 de 2007 modificado por el Decreto 4943 de 2009
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Percibir otro subsidio a la Vejez en dinero que sumado con el del Programa de Protección Social al Adulto Mayor sea superior a ½ SMMLV otorgado por alguna entidad pública.
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Mendicidad comprobada como actividad productiva.
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Comprobación de realización de actividades ilícitas, mientras subsista la condena.
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Traslado a otro municipio o distrito.
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No cobro consecutivo de subsidios programados en dos giros.
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Retiro voluntario.